
La Caja de Seguro Social calendariza obligaciones empresariales
El cumplimiento de las obligaciones empresariales ante sus empleados y la Caja de Seguro Social incluye una serie de cambios orientados a optimizar los tiempos de respuesta, desde el 6 de febrero del presente año, 2019.
Las nuevas regulaciones establecen fechas límite para la afiliación de los trabajadores, la presentación y el pago de planillas del SIPE, la eventual introducción de correcciones a la planilla y el pago de la factura.
El incumplimiento de los términos establecidos por la CSS conlleva sanciones pecuniarias diferenciadas para las micro, medianas y grandes empresas, que oscilan entre los B/.100 y los B/.2.000., entre otras multas relacionadas.
La infracción implica sanciones
En Panamá, todo empleador tiene la responsabilidad de reportar los salarios de los empleados de la empresa, como parte de un proceso que impone el pago de cuotas, aportes e impuestos sobre la renta patronal y obrera.
Con los cambios introducidos, la CSS se propone obtener una significativa mejora en la facturación mensual de los empleadores, con la particularidad de que, ahora, los trámites pueden realizarse personalmente o por la vía digital, sin límites de distancias ni fronteras.
La nueva calendarización para el cumplimiento de las obligaciones, establece que:
- Las entradas y salidas de personal y las licencias por maternidad o enfermedad, deben comunicarse durante los primeros seis días hábiles de cada mes. De otra manera, la novedad deberá reportarse en la correspondiente agencia de la CSS y será objeto de una multa.
- Las planillas del SIPE deben presentarse durante los primeros siete días calendario de cada mes.
- El empleador puede hacer correcciones durante un período máximo de siete días hábiles contados a partir del momento en que la planilla fue validada. Se sanciona con B/.10.00 por cada error detectado.
- Se deben respetar los tiempos para la verificación y el pago de la factura (primeros 25 días del mes y últimos 5 días del mes, respectivamente) con el fin de que el empleador tenga tiempo para hacer las correcciones que considere necesarias y se evite sanciones adicionales.
- Las empresas están obligadas a categorizar sus trabajadores, para definir la tasa de riesgo que corresponda a cada especialidad. El incumplimiento de esta obligación implica multas y penalizaciones.
A manera de ilustración, la clasificación de riesgo aplica (con carácter prioritario) en compañías que desarrollan labores con el apoyo de contingentes de trabajadores que están expuestos a sufrir accidentes laborales, como son los casos de las empresas bananeras, de la construcción, fábricas, transportes, aserraderos, etc. |
El cumplimiento de las obligaciones con la CSS es tanto responsabilidad del empleador como del empleado. Del empleador, porque es el responsable de elaborar el SIPE con toda la información laboral relacionada con cada empleado y, el empleado, porque el cabal cumplimiento de las obligaciones define, en gran medida, su salud y su futuro socio económico.
En Profesionales Asociados S.A. tendremos mucho gusto de acompañarlo en la elaboración y la validación del SIPE de su empresa. Tenemos la fuerza profesional para resolver sus necesidades en materia contable, financiera y tributaria y no miramos el tamaño de su negocio, sino el tamaño de sus ideales.